Un juzgado de Vélez-Málaga condena a Caixabank a devolver 4.132 euros a un cliente víctima de fraude con tarjeta.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vélez-Málaga ha condenado a Caixabank, S.A. a devolver 4.132 euros, más intereses legales y costas judiciales, a un cliente que fue víctima de una operación fraudulenta con su tarjeta bancaria.
La sentencia, dictada el 20 de enero de 2026, estima íntegramente la demanda interpuesta por la defensa del afectado, dirigida por el Doctor en Derecho y Abogado Abdeslam Lucena del Bufete LUCENA ABOGADOS, con sedes en Torre del Mar y Madrid, el afectado sufrió un cargo no autorizado el 9 de noviembre de 2024, tras denunciar los hechos y reclamar sin éxito a la entidad bancaria, el consumidor acudió a los tribunales para recuperar su dinero.
El juzgado ha considerado suficiente la prueba documental aportada por el cliente, que acreditaba la titularidad de la cuenta, el límite de la tarjeta, la denuncia presentada y la reclamación previa al banco.
La resolución aplica la normativa europea y española sobre servicios de pago, que establece que, cuando un usuario niega haber autorizado una operación, corresponde al banco demostrar que existió autorización, fraude o negligencia grave por parte del cliente, el tribunal subraya que no basta con alegar que la operación fue correctamente registrada o validada técnicamente.
En este caso, la sentencia concluye que Caixabank no logró probar que el cliente actuara de forma fraudulenta ni con negligencia grave, ni pudo acreditar cómo se produjo el acceso indebido a los datos bancarios. Por ello, la entidad debe asumir el perjuicio económico derivado del uso fraudulento de la tarjeta.
El fallo condena a la entidad bancaria al pago de los 4.132 euros, más los intereses legales desde la fecha del cargo indebido, así como al abono de las costas judiciales. La resolución es recurrible en apelación.Esta sentencia refuerza la protección de los consumidores frente a fraudes bancarios y consolida el criterio judicial de que las entidades financieras deben responder cuando no acreditan una conducta gravemente negligente por parte del cliente, especialmente en un contexto de aumento de estafas digitales.