lunes, 19 de enero de 2026 07:38h.

Condena firme por tráfico de drogas desde un comercio de barrio en Vélez-Málaga

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la pena de tres años y tres meses de prisión a la responsable de una tienda de alimentación utilizada como punto de venta de estupefacientes.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de tres años y tres meses de prisión impuesta a una mujer que utilizaba una tienda de alimentación de Vélez-Málaga como punto de venta de drogas. La resolución confirma íntegramente la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Málaga y rechaza el recurso presentado por la defensa de la acusada.

Los hechos se remontan a julio de 2023, cuando la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta de la Comisaría de Policía Nacional de Vélez-Málaga inició una investigación tras recibir informaciones anónimas que alertaban sobre una posible actividad ilícita en el establecimiento. Según consta en la sentencia, el local estaba siendo empleado para la venta de estupefacientes a pequeña escala.
 
Durante las labores de vigilancia, los agentes observaron a la encargada del comercio en actitud vigilante en la puerta del establecimiento. Posteriormente, detectaron la llegada de dos mujeres que entraron al local tras comprobar la acusada, de forma reiterada, ambos lados de la calle. Ante estos indicios, los policías accedieron al comercio para realizar una inspección.
 
En el registro del establecimiento, los agentes localizaron un monedero azul oculto en una estantería, detrás de varias garrafas de agua. En su interior se hallaron 114 envoltorios de cocaína y 86 de heroína, todos ellos sellados térmicamente. El valor estimado de las sustancias en el mercado ilícito superaba los 4.500 euros. Además, se intervinieron 440 euros en efectivo, la mayor parte en poder de la acusada, que los tribunales consideran procedentes de la actividad ilegal.
 
La Sala de apelación del TSJA considera acreditado que la droga estaba destinada a la venta a terceros, una conclusión que, según el fallo, resulta “absolutamente obvia” pese a que no se encontraran otros útiles habitualmente asociados a la preparación de dosis. En este sentido, el tribunal descarta que se haya producido una vulneración del derecho a la presunción de inocencia, tal y como sostenía la defensa en su recurso, que incluía cuatro alegaciones.
 
Además de la pena de prisión, la condena incluye el pago de una multa de 18.250 euros por un delito contra la salud pública. Con esta decisión, el TSJA da por cerrada la vía ordinaria de recurso y consolida una sentencia que pone de relieve el uso de pequeños comercios de proximidad como fachada para el tráfico de drogas, una práctica que continúa siendo objeto de especial atención por parte de las fuerzas de seguridad.